viernes, 4 de octubre de 2013

La Cola de La Nueva Ley de Emprendedores

Hace tan sólo unos meses que se ha actualizado el sistema informático de la Seguridad Social  para adaptarlo a la tramitación de alta de Autónomos y correspondientes cobros, impuesto por la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de Apoyo al Emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

 Hoy nos encontramos nuevamente con la misma situación, no hace una semana que se ha publicado en BOE la Ley 14/2013 de Medidas de Apoyo a los Emprendedores y ha venido a aumentar el colapso de los trabajadores de la Tesorería de la Seguridad Social y aumentar el desconcierto del ciudadano. Si ya emprender es complicado, encontrarte con estos desfaces entre ley e institución es para salir corriendo.

Es lo más parecido a las compañías de teléfono, esto va de planes. Puedes adaptarte al Plan A (Articulo 1 de la Ley 11/2013) o Plan B (Articulo 29 y siguientes de la Ley 14/2013). Pero claro, el problema viene cuando te imponen el Plan más antigüo y el que menos te beneficia tan sólo porque no se puede tramitar tu alta de autónomo con las bonificaciones de la nueva ley porque el Sistema Informático no está adaptado.

Solución 1 de la Tesorería: Te ponemos con el Plan A y luego cuando nos actualicen sistema solicita entrar en Plan B y reclama los cobros de más que te hemos pasado.

Solución 2 de la Tesorería: Pásate por aquí en dos días, nos firmas un papel con tu plan A o plan B pero no prometemos que en estos meses se te aplique la bonificación correspondiente. Es posible que se te pase tu cuota de autónomo sin Bonificación y luego reclamas y te lo devolvemos en 6 meses.

Recomendaciones para nuevos/as autónomos/as:

- Léete por lo menos el artículo 1 de la ley 11/2013 y el artículo 29 y siguientes de la Ley 14/2013
- No permitas que acoplen tu alta, a la resolución que a ellos mejor les venga según limitaciones de su sistema informático, mira las bonificaciones que mejor te convengan y solicítalas.
- Léete sobre todo las condiciones que son necesarias mantener para que no te quiten bonificación
- Cuando te den el justificante de alta en SS no olvides comprobar que la resolución es la que tú has solicitado, auque tienes 30 días para cambiar Plan.
- Ante cualquier problema siempre puedes presentar un Recurso de Alzada exponiendo tus quejas y mostrando tus peticiones. http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/121641.pdf

Suerte!

No hay comentarios:

Publicar un comentario